Canal de Denuncias Anónimo

CANAL DE DENUNCIAS ANÓNIMO

Sistema interno de información de Cenpol Seguridad, S.L.

En cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, Cenpol Seguridad, S.L. pone a su disposición un canal seguro y confidencial para comunicar posibles irregularidades, infracciones legales o vulneraciones éticas. Puede utilizarlo de forma anónima o identificándose, en cuyo caso su identidad será estrictamente confidencial.

¿Quién puede utilizar este canal?

  • Personas trabajadoras y antiguas personas trabajadoras.
  • Candidatos en procesos de selección, becarios y voluntarios.
  • Proveedores, contratistas, subcontratistas, clientes, socios y cualquier persona vinculada profesionalmente con la empresa.

¿Qué se puede comunicar?

  • Infracciones del Derecho de la Unión Europea.
  • Hechos que puedan ser constitutivos de delito o de infracción administrativa grave o muy grave.
  • Conductas contrarias a la ética, la integridad o las políticas internas de la empresa.

¿Cómo presentar una comunicación?

  • Por escrito, a través del formulario del canal (vía recomendada). Admite comunicaciones anónimas y le permite seguir su comunicación y comunicarse con el Responsable del Sistema sin revelar su identidad.
  • Verbalmente, por teléfono: 928 156 855.
  • En una reunión presencial, a solicitud del informante, que se celebrará en un plazo máximo de siete días: Ctra. a Las Torres, 21, 35010 Las Palmas de Gran Canaria.

Las comunicaciones verbales se documentarán mediante grabación (con su consentimiento) o transcripción completa, que podrá comprobar, rectificar y aceptar. Se recomienda aportar la máxima información posible para facilitar la investigación.

¿Qué ocurre después?

  • Acuse de recibo: al enviar el formulario recibirá de inmediato una referencia y un código de seguimiento. En el resto de vías, en un plazo máximo de siete días naturales.
  • Seguimiento: con su código podrá consultar el estado de la comunicación, responder a las preguntas del Responsable del Sistema y aportar información adicional.
  • Respuesta: en un plazo máximo de tres meses desde la recepción, ampliable otros tres meses en casos de especial complejidad.

Garantías para el informante

  • Confidencialidad de la identidad del informante y de cualquier tercero mencionado. Solo el Responsable del Sistema tiene acceso a las comunicaciones.
  • Prohibición expresa de represalias, incluidas las amenazas y tentativas de represalia.
  • Respeto a la presunción de inocencia y al honor de las personas afectadas.
  • Tratamiento de los datos conforme al RGPD y a la LOPDGDD. Si no se inicia una investigación, los datos se suprimen a los tres meses de su recepción.

Canales externos de información

Además de este canal interno, puede dirigirse, directamente o tras utilizarlo, a la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.): www.proteccioninformante.gob.es · canal.externo@proteccioninformante.es · C/ Luis Cabrera 9, 28002 Madrid. También podrá acudir a la autoridad competente que, en su caso, designe la Comunidad Autónoma de Canarias, así como a las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea en los ámbitos de su competencia.

Referencia legal

Este canal se regula conforme a la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que protege a toda persona que informe de buena fe frente a cualquier tipo de represalia, como el despido, la degradación o la intimidación.